Abogados de custodia de terceros en Atlanta, GA
En un caso de custodia por parte de un tercero, se permite que alguien que no sea el padre biológico impugne la custodia de los padres, siempre y cuando sean parientes o cuidadores equitativos del niño, con la capacidad que se especifica en los estatutos de Georgia. El tercero que solicita la custodia debe demostrar que habrá un daño al niño si el niño permanece con el padre.
Un acuerdo de custodia de terceros puede contemplar acuerdos de visitas, condiciones, restricciones y cambios hasta que el niño alcance la edad adulta. Esto se determina basado en el mejor interés del niño y la habilidad de los padres. Los abogados con experiencia en custodia de terceros de A.B. Olmos y Asociados, P.C. pueden brindarle la orientación y el asesoramiento legal que necesita durante esta disputa de custodia.
Quién puede iniciar una acción de custodia de terceros
Las siguientes personas pueden reclamar la custodia de un niño:
- Abuelos o bisabuelos paternos o maternos
- Tías o tíos
- Hermanos mayores que han alcanzado la mayoría de edad
- Padres adoptivos
- Adultos considerados cuidadores equitativos por la corte

Existe un proceso legal para obtener los derechos de custodia. Participar activamente en la vida de un niño no le otorga inmediatamente a un individuo derechos sobre él, y es posible que no se otorgue la custodia si hay al menos un padre biológico apto. El tribunal da cuenta de la capacidad limitada con la intervención de los miembros de la familia. O.C.G.A. § 19-7-1 (b.1) y O.C.G.A. § 19-7-3.
La ley de Georgia describe a las personas que son elegibles para solicitar al tribunal la custodia de un tercero en situaciones definidas. A través de la ley del cuidador equitativo, la custodia de terceros se ha ampliado para incluir cuidadores no biológicos y no adoptivos, siempre que puedan proporcionar evidencia clara de lo siguiente:
- Asumir un papel parental permanente, inequívoco, comprometido y responsable en la vida del niño;
- Estar involucrado en el cuidado constante del niño;
- Haber establecido una relación de vínculo y dependencia con el niño, la relación fue fomentada o apoyada por uno de los padres del niño, y dicho individuo y el padre han entendido, reconocido, aceptado o se han comportado como si dicho individuo fuera un padre del niño y;
- Haber aceptado responsabilidades plenas y permanentes como padre del niño sin expectativa de compensación financiera.
Llame a nuestra oficina para discutir si cumple con el requisito de Georgia para participar en una acción de custodia de terceros. Nuestros abogados de custodia de terceros podrán explorar sus opciones con usted.
La doctrina de derechos y Habilidad de los padres
Durante las disputas de custodia de terceros, el tribunal aplica la doctrina de los derechos de los padres y la aptitud para emitir un fallo.
En la disputa inicial de custodia entre un padre y un tercero, se considera la doctrina de los derechos de los padres para determinar la custodia de los hijos y el estándar del mejor interés del niño no se aplica. Esto significa:
- El padre biológico tiene derecho a la custodia a menos que haya pruebas claras y convincentes que demuestren que el padre no es apto.
- El padre biológico ha perdido el derecho a la custodia bajo una o más condiciones prescritas por la ley.

Ver O.C.G.A. § 19-7-1 (b) y O.C.G.A. § 19-7-4.
En una modificación de custodia posterior en la que el tercero tiene actualmente la custodia, un padre puede recuperar la custodia si demuestra que las condiciones han cambiado con respecto al bienestar del niño. Si el cambio de condición requerido se muestra con evidencia legal suficiente, entonces se aplica el estándar del mejor interés del niño. Esto significa que el tribunal considera lo siguiente:
- Salud y seguridad del niño.
- Relaciones entre hermanos y padres. Si un cambio de custodia puede separar a miembros de la familia cercanos, esto puede afectar la decisión del tribunal.
- Preferencia para conservar la integridad familiar y qué otras vías se consideraron antes de la destitución.
- La relación de los padres biológicos entre sí y la salud física y mental de cada uno de los padres.
- La capacidad de cada parte para satisfacer las necesidades de salud física y mental del niño, incluidas las necesidades especiales adicionales.
- Una mirada de cerca al entorno del hogar del niño para determinar si se puede brindar la atención adecuada, incluida la orientación emocional y el apoyo financiero.
- La edad del niño y si tiene la madurez para comunicar una preferencia razonable.
- Presencia de violencia intrafamiliar en el hogar y protección del niño.
Discuta su caso de custodia de terceros con A.B. Olmos y Asociados, P.C.
Si está listo para dar el primer paso para iniciar un caso de custodia de terceros, comuníquese con A.B. Olmos & Asociados, P.C. llamándonos al 678-683-8500 o llenando un formulario de contacto. Las disputas de custodia entre un padre y un tercero pueden ser difíciles de llevar dentro de la ley de Georgia, y nuestro equipo de abogados de derecho de familia puede ayudarle. Programe una consulta inicial para discutir sus opciones con nuestro equipo en este proceso.
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